Por Daniel Lee

Se dio a conocer que las personas migrantes, residentes e incluso ciudadanos que abandonen Estados Unidos sin regularizar sus compromisos fiscales o financieros podrían enfrentar embargos, demandas judiciales y restricciones administrativas, de acuerdo con información del Departamento del Tesoro y del Servicio de Impuestos Internos (IRS).
Las autoridades federales han advertido que salir del país no extingue las obligaciones económicas pendientes y que los mecanismos de cobro continuarán activos incluso si el deudor reside en el extranjero.
El IRS señala que las deudas fiscales mantienen su vigencia independientemente de que el contribuyente deje territorio estadounidense. Los procesos de cobro, así como la acumulación de intereses y penalidades, continúan hasta que el adeudo sea liquidado. Además, acreedores y autoridades fiscales pueden acudir a tribunales federales para solicitar la incautación de bienes, cuentas bancarias o propiedades que permanezcan bajo jurisdicción de Estados Unidos.
Las disposiciones se endurecerán cuando entren en vigor medidas adicionales para quienes acumulen deudas fiscales superiores a 66 mil dólares. En esos casos, el IRS podrá solicitar al Departamento de Estado la negación o revocación del pasaporte estadounidense, lo que limitaría la movilidad internacional de los contribuyentes morosos. Asimismo, el incumplimiento tributario podría afectar la realización de diversos trámites migratorios y financieros.
El marco legal también alcanza a las deudas privadas. Créditos con bancos comerciales como Bank of America o Wells Fargo, así como adeudos por tarjetas de crédito, préstamos personales o hipotecas, no desaparecen al abandonar el país. Las instituciones financieras mantienen la facultad de iniciar procesos judiciales para recuperar los recursos mediante embargos o la ejecución de activos que se encuentren en territorio estadounidense.
De acuerdo con el IRS, el estatuto de limitaciones para cobrar deudas fiscales puede extenderse cuando el contribuyente permanece fuera de Estados Unidos por más de seis meses. Esta disposición amplía el periodo legal durante el cual el gobierno puede exigir el pago, lo que refuerza la capacidad de las autoridades para perseguir obligaciones tributarias pendientes.
El sistema legal estadounidense permite que tanto el gobierno como las entidades financieras ejecuten sentencias judiciales sobre bienes ubicados dentro del país, aun cuando el titular resida en el extranjero. Si el deudor no mantiene activos o cuentas bajo jurisdicción estadounidense, el embargo se vuelve más complejo; sin embargo, la obligación de pago sigue vigente y el historial negativo permanece registrado, lo que puede afectar futuros trámites migratorios, financieros o un eventual regreso al país.
Las autoridades también han aclarado que las deudas personales no se transfieren automáticamente a los familiares del migrante. Hijos, padres o cónyuges no heredan ni asumen esas obligaciones, salvo en casos donde existan cofirmantes, avalistas o titulares conjuntos en cuentas o créditos. En esas circunstancias, los obligados legales sí deben responder por el monto total pendiente.
El IRS y diversas instituciones financieras recomiendan que quienes planeen abandonar Estados Unidos revisen su situación fiscal y financiera antes de hacerlo. La permanencia de obligaciones legales y tributarias, así como las sanciones que comenzarán a aplicarse en 2026, reflejan un endurecimiento de los controles gubernamentales para garantizar el cobro de impuestos y deudas pendientes.
En este contexto, las nuevas disposiciones federales buscan reforzar la capacidad del Estado para sancionar a contribuyentes morosos, incluso cuando se encuentren fuera del país. Para miles de migrantes que han construido parte de su vida económica en Estados Unidos, ignorar estas obligaciones podría traducirse en restricciones legales, pérdida de derechos administrativos y dificultades para regresar o realizar trámites en el futuro. Así las cosas…

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